EDUCACIÓN archivos - Adolphesax https://adolphesax.com/adolphesax-the-saxofon-web/recursos/educacion-recursos/ Toda la información, Eventos, streaming, conciertos, videos, foro, artículos, tesis, reviews. Recursos educativos y pedagógicos. La web hecha por y para los saxofonistas. Sun, 06 Sep 2015 20:03:07 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.2.2 https://adolphesax.com/wp-content/uploads/2020/08/cropped-adolpheSAX_ICONO-32x32.jpg EDUCACIÓN archivos - Adolphesax https://adolphesax.com/adolphesax-the-saxofon-web/recursos/educacion-recursos/ 32 32 REAL DECRETO 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen tra https://adolphesax.com/real-decreto-276-2007-de-23-de-febrero-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-ingreso-accesos-y-adquisicion-de-nuevas-especialidades-en-los-cuerpos-docentes-a-que-se-refiere-la-ley-organica-2-2006-de/ https://adolphesax.com/real-decreto-276-2007-de-23-de-febrero-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-ingreso-accesos-y-adquisicion-de-nuevas-especialidades-en-los-cuerpos-docentes-a-que-se-refiere-la-ley-organica-2-2006-de/#respond Sun, 06 Sep 2015 20:03:07 +0000 https://adolphesax.com/2015/09/06/real-decreto-276-2007-de-23-de-febrero-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-ingreso-accesos-y-adquisicion-de-nuevas-especialidades-en-los-cuerpos-docentes-a-que-se-refiere-la-ley-organica-2-2006-de/ REAL DECRETO 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que...

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REAL DECRETO 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional sexta establece que, además de las recogidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, son bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes, las reguladas por la propia ley orgánica y la normativa que la desarrolle para el ingreso y la movilidad entre los cuerpos docentes, encomendando al Gobierno su desarrollo reglamentario en aquellos aspectos básicos que sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente.

La promulgación de la citada ley orgánica ha llevado consigo una serie de novedades al ordenamiento jurídico educativo, entre ellas, algunas relativas al ámbito de los cuerpos de funcionarios docentes. A los efectos de lo preceptuado en este real decreto importa especialmente lo regulado en las disposiciones adicionales novena y siguientes en relación a las formas de ingreso y acceso a la función pública docente reguladas con anterioridad.

Esto sucede, por ejemplo, en relación a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, y de Artes Plásticas y Diseño, disponiéndose la práctica de un proceso selectivo de acceso entre quienes pertenezcan a los respectivos cuerpos de profesores. En el caso de los Catedráticos de Música y Artes Escénicas y al margen de la aplicación del mismo principio que para los otros cuerpos de catedráticos, habrá también un proceso de ingreso mediante la superación de un proceso selectivo y un sistema excepcional de ingreso mediante concurso de méritos destinado a personalidades de reconocido prestigio en sus respectivos campos profesionales. Asimismo, en relación con el Cuerpo de Inspectores de Educación además del proceso selectivo de acceso se dispone la posibilidad de un concurso de méritos destinado a los profesores que, reuniendo los requisitos generales, hayan ejercido con evaluación positiva, al menos durante tres mandatos, el cargo de director.

Tal y como se ha indicado, la ley en diversos preceptos y, en especial, en la disposición adicional duodécima, regula los elementos fundamentales que deben configurar el sistema de ingreso y accesos en la función pública docente, de forma que se proporcione a dichos sistemas la homogeneidad necesaria para garantizar la posterior movilidad de estos funcionarios a través de los concursos de traslados de ámbito estatal, previstos igualmente en la misma.

Por otra parte, se dan en este momento algunas circunstancias que deben ser tenidas en cuenta cuando se trata de regular el ingreso a los distintos cuerpos docentes, por ello, visto lo dispuesto al respecto en la disposición transitoria decimoséptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es necesario regular, de forma transitoria, un sistema de ingreso a los cuerpos de funcionarios docentes en el que se valore de forma preferente la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa con total respeto a lo establecido en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia.

Este real decreto y el reglamento que por el mismo se aprueba ha sido objeto de consulta con las Administraciones educativas de las comunidades autónomas, se ha cumplido lo previsto en el artículo 32 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones públicas, y sobre él ha emitido informe la Comisión Superior de Personal. Asimismo ha sido sometido a informe del Consejo Escolar del Estado.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de febrero de 2007,

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MEC: Becas y ayudas de carácter general 2014-2015 https://adolphesax.com/mec-becas-y-ayudas-de-caracter-general-2014-2015/ https://adolphesax.com/mec-becas-y-ayudas-de-caracter-general-2014-2015/#respond Mon, 25 Aug 2014 15:34:30 +0000 https://adolphesax.com/2014/08/25/mec-becas-y-ayudas-de-caracter-general-2014-2015/ El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte lanza la campaña de becas para el curso 2014-2015. Las becas están dirigidas a todos los estudios posteriores a la enseñanza obligatoria: Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas, Escuelas Oficiales de Idiomas y Másteres, Grados, Licenciaturas y Diplomaturas universitarias, entre otros. El...

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MEC Becas 2014

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte lanza la campaña de becas para el curso 2014-2015.

Las becas están dirigidas a todos los estudios posteriores a la enseñanza obligatoria:

Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas, Escuelas Oficiales de Idiomas y Másteres, Grados, Licenciaturas y Diplomaturas universitarias, entre otros.

El plazo de presentación de solicitudes termina:

  • el 30 de septiembre para los niveles no universitarios 
  • el 15 de octubre para los universitarios. 

Todos los solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos por la convocatoria tienen asegurada una beca.

Encontrarás toda la información dependiendo de los estudios que vayas a cursar:

 

CONTACTO:

BEcas1   

#becasMECD

 

    

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ERASMUS – Páginas y direcciones de interés https://adolphesax.com/erasmus-paginas-y-direcciones-de-interes/ https://adolphesax.com/erasmus-paginas-y-direcciones-de-interes/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:39:27 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/erasmus-paginas-y-direcciones-de-interes/ SOCRATES/ERASMUS National Agencies Education, Audiovisual and Culture Executive AgencyRue Colonel Bourg 139B-1140 BrusselsTel: (32-2) 233 01 11Fax: (32-2) 233 01 50 E-mail : eacea-info@ec.europa.eu   OTHER INTERNATIONAL ORGANISATIONS:   Council of Europe: http://culture.coe.fr/edu/eng Unesco: http://www.education.unesco.org OECD (Organisation for the Economic Cooperation and Development): http://www.oecd.org RECTORS, TEACHERS AND UNIVERSITY STAFF ASSOCIATIONS: EUA (European University Association) : http://www.unige.ch/eua...

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ERASMUS – Guía de solicitud de movilidad de personal para docencia https://adolphesax.com/erasmus-guia-de-solicitud-de-movilidad-de-personal-para-docencia/ https://adolphesax.com/erasmus-guia-de-solicitud-de-movilidad-de-personal-para-docencia/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:27:44 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/erasmus-guia-de-solicitud-de-movilidad-de-personal-para-docencia/ ¿Cómo participar en la movilidad de personal para docencia? La movilidad del personal docente de las instituciones de educación superior y de empresas para impartir enseñanza es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia...

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¿Cómo participar en la movilidad de personal para docencia?

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La movilidad del personal docente de las instituciones de educación superior y de empresas para impartir enseñanza es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son el personal de instituciones de educación superior y el personal de empresas que se trasladen a una institución que posea la Carta Universitaria Erasmus (EUC/X), pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior de la que formen parte, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.Es la institución de educación superior la que presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional.Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

 

 

 

  • El docente, en el momento de realizar la movilidad, debe impartir enseñanza dentro de un plan de estudios de grado superior. 
  • El docente tiene que formar parte de la nómina de la institución de origen. 
  • La movilidad del personal docente está basada en acuerdo interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X). 
  • El personal procedente de empresas deberá trasladarse a una institución que posea una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X).
  • La movilidad de un miembro del personal procedente de una empresa que se desplaza a una institución de educación superior se efectúa a través de una carta de invitación de la institución de educación superior al personal de la empresa. La ayuda es gestionada por la institución de educación superior. 
  • Durante la realización de la movilidad, el beneficiario deberá estar integrado en el departamento o facultad de la institución de acogida, lo que supone que:
  • Las instituciones de origen y acogida deben acordar previamente al inicio de la movilidad un programa de enseñanza con las actividades que realizará el beneficiario. Este programa deberá incluir los objetivos y el valor añadido de la movilidad, el contenido del programa de docencia y los resultados esperados. 
  • En la acción de movilidad para docencia podrán participar, además de los nacionales de los países participantes en el Programa de Aprendizaje Permanente, aquellas personas que, no siendo nacionales de uno de los países participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
  • La cuantía media diaria de las ayudas para movilidad de personal para docencia se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea. 

La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los beneficiarios de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución deberá garantizar que la selección se realice de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus convocatorias deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.
  • La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales. 
  • Todos los requisitos relacionados con la selección de docentes de la institución, o del personal invitado de empresas, deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión. 
  • Con objeto de garantizar la participación del mayor número posible de beneficiarios, se dará prioridad a los participantes que disfruten por primera vez de una movilidad docente.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de personal para docencia a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X).La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional de acciones descentralizadas del Programa de Aprendizaje Permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.Las instituciones españolas interesadas en participar en la Movilidad de personal para docencia enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su web junto con la convocatoria nacional.Al completar la solicitud las instituciones deberán tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.Para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudios en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para movilidad de personal para docencia, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobadas. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.La Agencia Nacional subscribirá un convenio financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder a su pago.

Contacto

Si tiene alguna pregunta específica, envíenos su consulta por correo postal a la siguiente dirección:OAPEE

C/ Gustavo Fernádez Balbuena, 13

28002 – MADRIDo por correo electrónico a: 

erasmus@oapee.es

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ERASMUS – ¿Qué es la movilidad de personal para docencia? https://adolphesax.com/erasmus-que-es-la-movilidad-de-personal-para-docencia/ https://adolphesax.com/erasmus-que-es-la-movilidad-de-personal-para-docencia/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:25:46 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/erasmus-que-es-la-movilidad-de-personal-para-docencia/   Los objetivos de esta movilidad son: Permitir que los estudiantes que no pueden participar en un programa de movilidad puedan beneficiarse de los conocimientos y la experiencia de personal académico de instituciones de educación superior de otros países europeos. Fomentar el intercambio de competencias y experiencia sobre métodos pedagógicos. Animar a...

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cabecera Erasmus program

 

Los objetivos de esta movilidad son:

  • Permitir que los estudiantes que no pueden participar en un programa de movilidad puedan beneficiarse de los conocimientos y la experiencia de personal académico de instituciones de educación superior de otros países europeos.
  • Fomentar el intercambio de competencias y experiencia sobre métodos pedagógicos.
  • Animar a las instituciones de educación superior a que amplíen y enriquezcan la variedad y el contenido de los cursos que ofertan.

Las características de esta acción son:La actividad principal es la enseñanza impartida por un profesor de una institución de educación superior o personal de una empresa en otra institución de educación superior de un país socio, aunque al margen puedan desarrollarse otras actividades.Podrá participar el personal docente de instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X) o personal de empresas elegibles.El personal docente que participe en un programa de movilidad debe estar integrado en el departamento o la facultad del centro de acogida. Esto implica que:

  • La movilidad de personal para docencia deberá estar basada en acuerdos interinstitucionales.
  • Las instituciones de enseñanza superior socias deberán acordar con anterioridad al inicio de la movilidad el programa de docencia que impartirán los profesores en la institución de acogida.

En el caso de la movilidad de personal de una empresa a una institución de educación superior, se realiza a través de una invitación de la institución de educación superior al personal de la empresa. La ayuda será gestionada por la institución de educación superior que curse dicha invitación.

La selección de los beneficiarios corresponderá a la institución de educación superior de origen.

¿Quién puede solicitar ayudas para Movilidad del personal para docencia?

Instituciones de Educación Superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X)

Duración

No se establece una duración mínima de esta actividad, pero es obligatorio impartir al menos cinco horas lectivas. La duración máxima es de seis semanas, aunque la Agencia Nacional financiará como máximo una semana.

Actividades financiadas

La ayuda representa una contribución de los gastos de viaje y manutención.

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ERASMUS – Guía de solicitud de movilidad de estudiantes para prácticas https://adolphesax.com/erasmus-guia-de-solicitud-de-movilidad-de-estudiantes-para-practicas/ https://adolphesax.com/erasmus-guia-de-solicitud-de-movilidad-de-estudiantes-para-practicas/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:20:51 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/erasmus-guia-de-solicitud-de-movilidad-de-estudiantes-para-practicas/ ¿Cómo participar en la movilidad de estudiantes para prácticas? La movilidad de estudiantes para realizar prácticas en una empresa es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional. Los beneficiarios finales de esta acción...

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¿Cómo participar en la movilidad de estudiantes para prácticas?25 erasmus

La movilidad de estudiantes para realizar prácticas en una empresa es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son los estudiantes, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior en la que se encuentren matriculados, ante la que tendrán que presentar su solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen. Es la institución de educación superior la que presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional. La institución puede solicitar ayudas para la movilidad de estudiantes en prácticas a través de dos vías diferentes:

a) a través de un consorcio del que forme parte, mediante la presentación de un proyecto,

b) directamente a la Agencia Nacional en calidad de institución individualUn consorcio es un grupo de instituciones de educación superior y otras organizaciones, tales como asociaciones, cámaras de comercio o fundaciones, que trabajan conjuntamente para facilitar las prácticas en empresas de los estudiantes de las instituciones de educación superior que formen parte del mismo.El consorcio estará compuesto, como mínimo, por un coordinador institucional y al menos una institución de educación superior. Cada institución socia tiene que firmar un acuerdo con el coordinador del consorcio en el que se especifiquen las funciones y responsabilidades, así como el procedimiento de gestión administrativo y financiero.

 

El coordinador del consorcio es el encargado de solicitar a la Agencia Nacional las ayudas, de administrarlas y de realizar los informes de justificación de fondos, así como de impulsar y facilitar los contactos para realizar las prácticas.Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

 

  • El estudiante deberá estar matriculado en una institución de educación superior con el objeto de realizar un programa de estudios que concluya con la obtención de una titulación superior reconocida, hasta el grado de doctorado, inclusive. 
  • Las instituciones de educación superior que deseen enviar estudiantes en prácticas, bien directamente, bien a través de un consorcio, tienen que poseer la Carta Universitaria Erasmus ampliada (EUCP/X), y serán responsables de la calidad y contenidos de las prácticas. Deberán elaborar el acuerdo de formación, el programa de trabajo, realizar el seguimiento y el reconocimiento del período de prácticas del estudiante. 
  • Las organizaciones de acogida podrán ser empresas, centros de formación, centros de investigación u otras organizaciones. No se consideran entidades de acogida elegibles las instituciones europeas, las organizaciones encargadas de gestionar programas de la UE (para evitar posibles conflictos de interés y/o financiación compartida), y la representación diplomática nacional (embajada, etc.) del país del estudiante en el país de acogida. 
  • A efectos de la realización de prácticas, no es necesaria la existencia de acuerdos bilaterales entre la institución de educación superior y la empresa de acogida, puesto que están legalmente sujetos al cumplimiento del acuerdo de formación de cada estudiante firmado por las tres partes implicadas y adjunto al contrato entre la institución y el estudiante. 
  • La institución de origen deberá conceder el pleno reconocimiento del período de prácticas en la organización de acogida. El reconocimiento de las prácticas únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanzara el nivel requerido por la institución o empresa de acogida, o bien incumpliera las condiciones relativas al reconocimiento acordado. 
  • El reconocimiento del período de prácticas se basará en el acuerdo de formación aprobado con anterioridad al período de movilidad por la institución de origen, la empresa y el estudiante. El acuerdo de formación incluye el programa de tareas o de trabajo que se llevará a cabo, los resultados del aprendizaje en materia de conocimientos, las competencias y capacidades que deben adquirirse, las disposiciones relativas a la tutoría, la correspondencia del período de prácticas realizado con la titulación que está realizando el estudiante. 
  • En la acción de movilidad de estudiantes para prácticas podrán participar, además de los nacionales de los países participantes en el Programa de Aprendizaje Permanente, aquellos estudiantes que, no siendo nacionales de uno de los países participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
  • Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o préstamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero. 
  • La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad de estudiante para realizar prácticas será superior a la cuantía asignada a los períodos de estudio.

 

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de estudiantes Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus ampliada (EUCP/X) o a consorcios que posean un Certificado de prácticas Erasmus en vigor.La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de Aprendizaje Permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.Las instituciones españolas y los consorcios interesados en participar en la movilidad de estudiantes para prácticas, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su página web junto con la convocatoria nacional.Al completar la solicitud las instituciones y los consorcios deberán tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.En el caso de la solicitud directa por instituciones de educación superior, para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudio en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para prácticas, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.En el caso de solicitud a través de consorcios, el coordinador del consorcio enviará un formulario de solicitud que se compone de dos partes: una descripción de la estructura del consorcio, su gestión y capacidades organizativas y su experiencia, y una segunda parte sobre las ayudas solicitadas. Las solicitudes presentadas por consorcios deben superar un proceso de evaluación por expertos externos.La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobadas. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.La Agencia Nacional subscribirá un convenio financiero con las instituciones de educación superior o los consorcios beneficiaros de las ayudas, con la finalidad de proceder a su pago.Las instituciones de educación superior o los consorcios llevarán a cabo la selección de los estudiantes de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. Ambos deberán garantizar que los procesos de selección se realizan de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus convocatorias deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas deberá ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.
  • La institución o el consorcio adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales. 
  • Todos los requisitos relacionados con la selección de estudiantes de la institución deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión. 
  • La institución o el consorcio podrá establecer criterios tales como los resultados académicos del candidato, los conocimientos necesarios de la lengua de trabajo en la organización de acogida, la motivación, etc.

 

Certificado de prácticas para consorcios

Dentro de la movilidad de estudiantes para prácticas se contempla la entrega de un Certificado de prácticas a los consorcios por parte de la Agencia Nacional. El certificado es un requisito previo para que los consorcios puedan obtener fondos para la organización y gestión de estas movilidades, al igual que lo es la Carta Universitaria para las instituciones de educación superior.La obtención del certificado permitirá a los consorcios solicitar ayudas utilizando el mismo método simplificado que las instituciones de educación superior, y sin necesidad de superar un proceso de evaluación adicional. El periodo de solicitud del certificado de prácticas para consorcios es el mismo que para el resto de acciones de movilidad.

 

Contacto

Si tiene alguna pregunta específica, envíenos su consulta por correo postal a la siguiente dirección:

OAPEE

C/ Gustavo Fernández Balbuena, 13

28002 – MADRID

o por correo electrónico a:erasmus@oapee.es

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ERASMUS – Movilidad de estudiantes para prácticas https://adolphesax.com/erasmus-movilidad-de-estudiantes-para-practicas/ https://adolphesax.com/erasmus-movilidad-de-estudiantes-para-practicas/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:17:11 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/erasmus-movilidad-de-estudiantes-para-practicas/ Movilidad de estudiantes para prácticas El periodo de prácticases la estancia durante un periodo de tiempo en una empresa u organización de otro país participante, y tiene por finalidad contribuir a que las personas se adapten a las exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, adquieran aptitudes específicas y mejoren...

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Movilidad de estudiantes para prácticassocialerasmus

El periodo de prácticases la estancia durante un periodo de tiempo en una empresa u organización de otro país participante, y tiene por finalidad contribuir a que las personas se adapten a las exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, adquieran aptitudes específicas y mejoren su comprensión del entorno económico y social del país en cuestión, al mismo tiempo que adquieren experiencia laboral.

Estas prácticas pueden ir acompañadas, en caso necesario, de cursos de preparación o de cursos de actualización en la lengua de acogida o de trabajo.Podrán participar los estudiantes de instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus ampliada (EUCP/X).Las organizaciones de acogida para las prácticas de estudiantes pueden ser empresas, centros de formación, centros de investigación y otras organizaciones.Las características de las prácticas de estudiantes son: 

  • La institución de enseñanza superior de origen debe otorgar su pleno reconocimiento al periodo de prácticas en el extranjero.
  • El estudiante debe recibir un acuerdo de formación relativo al programa del periodo de prácticas; este acuerdo debe ser aprobado por la institución de educación superior de origen y la organización de acogida.

El periodo de prácticas debe estar cubierto por un acuerdo de prácticas aprobado por la institución de educación superior de origen, el consorcio de origen (si procede), la institución de acogida y el beneficiario.

 

¿Quién puede solicitar ayudas para movilidad de estudiantes para prácticas?

  • Instituciones de educación superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus ampliada (EUCP/X). 
  • Consorcios de prácticas

 

Duración

  • Mínimo 3 meses. Máximo 12 meses.
  • En los casos de estudiantes matriculados en un ciclo de formación profesional de grado superior, la duración mínima es de dos meses.

 

Actividades financiadas

Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad de los estudiantes (principalmente gastos de viaje y de manutención) derivados de la estancia en el extranjero.

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¿Cómo participar en la movilidad de estudiantes para estudios?

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La movilidad de estudiantes para estudios es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

 

Los beneficiarios finales de esta acción son los estudiantes, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior donde estén realizando sus estudios, ante la que tendrán que presentar su solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen. 

Es la institución de educación superior la que presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • El estudiante, en el momento de realizar la movilidad, deberá estar cursando al menos el segundo año de un plan de estudios de grado superior.
  • El estudiante deberá estar matriculado en una institución de educación superior con el objeto de realizar un programa de estudios que concluya con la obtención de una titulación superior reconocida, hasta el grado de doctorado, inclusive.
  • La movilidad de estudiantes Erasmus está basada en acuerdos interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X).
  • La institución de origen deberá conceder el pleno reconocimiento académico de los estudios realizados durante su período de estancia en la institución de acogida. El reconocimiento de los estudios únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanza el nivel requerido por la institución de acogida, o bien incumpliera las condiciones relativas al reconocimiento acordados por las instituciones participantes.
  • El reconocimiento académico se basará en el acuerdo de estudios aprobado con anterioridad al período de estudios por la institución de origen, la de acogida y el estudiante.
    El estudiante no deberá pagar tasas académicas en la institución de acogida (en concepto de matricula, inscripción, exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.). No obstante, la institución de acogida puede pedir que se paguen tasas reducidas para cubrir los gastos del seguro, la afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos, tales como fotocopias, productos de laboratorio, etc., sobre las mismas bases que los estudiantes de dicha institución. La institución de origen puede seguir percibiendo las tasas académicas normales a sus estudiantes durante el período de estudios, pero el estudiante no será responsable de ninguna tasa o cargo adicional relacionado con la organización o gestión de su movilidad Erasmus.
  • En la acción de movilidad de estudiantes para estudios podrán participar, además de los nacionales de los países participantes en el Programa de Aprendizaje Permanente, aquellos estudiantes que, no siendo nacionales de uno de los países participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
  • Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o préstamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.
  • La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad de estudiante para estudios se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea.

La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los estudiantes de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución deberá garantizar que la selección se realice de forma justa, transparente y coherente, para lo cual sus convocatorias deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas deberá ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.
  • La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales.
  • Todos los requisitos relacionados con la selección de estudiantes de la institución deberán ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión.
  • La institución podrá establecer criterios tales como los resultados académicos del candidato, los conocimientos necesarios de la lengua de trabajo en la organización de acogida, la motivación, etc. 

 

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de estudiantes Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X). 

La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de Aprendizaje Permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas interesadas en participar en la movilidad de estudiantes para estudios enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su página web junto con la convocatoria nacional. 

Al completar la solicitud, las instituciones deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

Para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudio en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia, no podrán denegarse ayudas para movilidad de estudiantes para estudios, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobadas. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un convenio financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder a su pago.

 

Contacto

Si tiene alguna pregunta específica, envíenos su consulta por correo postal a la siguiente dirección:

OAPEE

C/ Gustavo Fernández Balbuena, 13

28002 – MADRID

o por correo electrónico a:erasmus@oapee.es

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ERASMUS – Movilidad de Estudiantes para estudiar https://adolphesax.com/erasmus-movilidad-de-estudiantes-para-estudiar/ https://adolphesax.com/erasmus-movilidad-de-estudiantes-para-estudiar/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:10:39 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/erasmus-movilidad-de-estudiantes-para-estudiar/   Los objetivos de la movilidad de estudiantes para realizar estudios son: Permitir que los estudiantes se beneficien educativa, lingüística y culturalmente de la experiencia del aprendizaje en otros países europeos. Fomentar la cooperación entre instituciones y enriquecer el entorno educativo de las instituciones de acogida. Contribuir a la creación...

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NEW ERASMUS 07-13m

 

Los objetivos de la movilidad de estudiantes para realizar estudios son:

  • Permitir que los estudiantes se beneficien educativa, lingüística y culturalmente de la experiencia del aprendizaje en otros países europeos.
  • Fomentar la cooperación entre instituciones y enriquecer el entorno educativo de las instituciones de acogida.
  • Contribuir a la creación de una comunidad de jóvenes y futuros profesionales bien cualificados, con mentes abiertas y experiencia internacional.
  • Facilitar la transferencia de créditos y el reconocimiento de estancias en el extranjero, mediante el sistema ECTS o un sistema de créditos compatible.

Consiste en la realización de un período de estudios en una institución de educación superior de otro país europeo. Al final del mismo la institución de origen del estudiante reconocerá académicamente los estudios realizados. Durante este periodo, el estudiante estará exento de pagar tasas académicas en la institución de acogida. Podrán participar los estudiantes de instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus. El estudiante deberá recibir un acuerdo de estudios por escrito relativo al programa de estudios que seguirá en el país de acogida. Al término de la estancia en el extranjero, la institución de acogida deberá remitir al estudiante Erasmus y a su institución de origen un certificado de que ha completado el programa acordado y un informe de sus resultados. Las ayudas a los estudiantes Erasmus son compatibles con cualquier otra ayuda o préstamo nacional.

 

¿Quién puede solicitar ayudas para movilidad de estudiantes para estudios?

Instituciones de educación superior en posesión de la Carta Universitaria Erasmus (EUC/X)

 

Duración

Mínimo 3 meses. Máximo 12 meses.

 

Actividades financiadas

La ayuda tiene como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad de los estudiantes (por ejemplo, manutención, viaje, alojamiento, etc.).

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2012 – XXV Aniversario Erasmus https://adolphesax.com/2012-xxv-aniversario-erasmus/ https://adolphesax.com/2012-xxv-aniversario-erasmus/#respond Sat, 19 Apr 2014 21:07:16 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/2012-xxv-aniversario-erasmus/ XXV Aniversario Erasmus “ Cambiando vidas, abriendo mentes desde 1987” Desde 1987, Erasmus ha hecho posible que unos 3 millones de jóvenes estudien o se formen en otro país de Europa. Erasmus contribuye a ese objetivo al fomentar la movilidad de los estudiantes. Gracias al programa, los jóvenes pueden pasar...

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XXV Aniversario Erasmus

“ Cambiando vidas, abriendo mentes desde 1987”

erasmus horizontal-full-2012 300

Desde 1987, Erasmus ha hecho posible que unos 3 millones de jóvenes estudien o se formen en otro país de Europa. Erasmus contribuye a ese objetivo al fomentar la movilidad de los estudiantes. Gracias al programa, los jóvenes pueden pasar una temporada en otro país, aprender un idioma extranjero y desarrollar su capacidad de adaptación, mejorando con ello su perfil laboral. 

 

Erasmus, cuyo número de participantes no deja de aumentar cada año, se ha convertido en el programa de intercambio universitario más fructífero del mundo, siendo España el país que más estudiantes envía y recibe.

Durante 2012 se celebrarán diversos actos y eventos en los 33 países participantes de las 4.000 universidades que participan en el programa.

 

EMBAJADORES

La Comisión Europea ha seleccionado a dos “embajadores Erasmus” en cada uno de los países participantes, un antiguo estudiante y un profesor o profesora cuyas vidas profesionales y privadas se vieron transformadas por el programa. El papel de estos “embajadores” es animar a otros jóvenes a lanzarse a la aventura Erasmus.

En España, los embajadores seleccionados son: 

Fidel Corcuera Manso, profesor. Participó en 1987 en la primera convocatoria del programa, hoy es director del Departamento de Filología Francesa de la Universidad de Zaragoza.

Perfil 

Tomás Sánchez López, estudiante. Ingeniero informático de la Universitat Politècnica de València, pasó un año en una universidad finlandesa en 2002. Después enriqueció su experiencia profesional y personal ampliando estudios en Corea y trabajando en el Reino Unido. 

Perfil 

 

Video/entrevista

 

AGENDA

Los días 30 y 31 de enero se celebró en Bruselas, un seminario donde participaron los 66 embajadores de los 33 países que participan en el Programa Erasmus. Este acto fue el inicio de las actividades conmemorativas del XXV Aniversario. Participaron la Comisaria de Educación, Cultura, Multilingüismo y Juventud, Androulla Vassiliou y el presidente del Parlamento Europeo, Martin Schulz.

http://ec.europa.eu/education/erasmus/20120130-erasmus25launch_en.htmTambién se ha hecho público el calendario de eventos previstos en los 33 países participanteshttp://ec.europa.eu/education/erasmus/doc/national_en.pdf

En España, el OAPEE organizará un Encuentro de estudiantes y un Acto de celebración del XXV aniversario del programa, que tendrán lugar los días 10 y 11 de mayo respectivamente en la Universidad de Granada.

POSTERS:

Erasmus: changing lives, opening minds for 25 years:

http://ec.europa.eu/education/erasmus/doc/poster_en.pdf

IMAGEN y LOGOS XXV ANIVERSARIO:

http://ec.europa.eu/education/lifelong-learning-programme/erasmus-logos_en.htm

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El Programa ERASMUS https://adolphesax.com/el-programa-erasmus/ https://adolphesax.com/el-programa-erasmus/#respond Sat, 19 Apr 2014 20:58:21 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/19/el-programa-erasmus/ El programa Erasmus tiene como objetivo atender a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en educación superior formal y en formación profesional de grado superior, cualquiera que sea la duración de la carrera o cualificación, incluidos los estudios de doctorado, así como a las instituciones que...

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Holbein-erasmus

El programa Erasmus tiene como objetivo atender a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en educación superior formal y en formación profesional de grado superior, cualquiera que sea la duración de la carrera o cualificación, incluidos los estudios de doctorado, así como a las instituciones que imparten este tipo de formación.

¿Quién es Erasmus?

Erasmo de Rotterdam (1466-1536), fue un humanista, filósofo, filólogo y teólogo neerlandés que pasó los años más importantes de su vida en diferentes países europeos como Francia, Italia, Reino Unido, Suiza y Alemania. Es uno de los más destacados representantes del Renacimiento europeo de su tiempo. Su gran mérito consistió en que ya en aquel entonces influyó decisivamente en el desarrollo europeo.

Objetivos específicos

  • Apoyar la realización de un Espacio Europeo de Educación Superior.
  • Reforzar la contribución de la educación superior y la formación profesional de nivel terciario al proceso de innovación.

Objetivos operativos

  • Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la movilidad de estudiantes y personal docente en Europa, contribuyendo a lograr que, en 2012, al menos 3 millones de estudiantes se hayan desplazado gracias al programa Erasmus y sus programas predecesores.
  • Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre las instituciones europeas de educación superior.
    Aumentar la transparencia y la compatibilidad entre las cualificaciones de la educación superior y de la formación profesional de grado superior obtenidas en Europa.
  • Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre los instituciones europeas de educación superior.
  • Facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en educación y formación de nivel terciario así como su transferencia, incluso de un país participante a otros.
  • Apoyar el desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de educación permanente innovadores y basados en las TIC.

Acciones

El Programa Erasmus subvenciona las siguientes acciones:

  • Medidas de acompañamiento  

Las acciones de movilidad, excepto la Carta Universitaria Erasmus, son acciones descentralizadas gestionadas por el OAPEE. Las Redes académicas, los Proyectos multilaterales y las Medidas de acompañamiento, además de la Carta Universitaria Erasmus, son acciones centralizadas gestionadas por la Agencia Ejecutiva.

Enlace a la Agencia Ejecutiva de la Comisión Europea

http://eacea.ec.europa.eu

¿Quién puede participar?

  • Estudiantes y personas en formación que cursen cualquier forma de enseñanza y formación de nivel superior.
  • Instituciones de educación superior, según especifiquen los Estados miembros.
  • Profesorado, formadores y demás personal de esas instituciones.
  • Asociaciones y representantes de todos los participantes en la educación superior, incluidas las asociaciones pertinentes de estudiantes, universidades y profesorado o formadores.
  • Empresas, interlocutores sociales y otros representantes del mundo laboral.
  • Organismos públicos y privados, incluidos los organismos sin ánimo de lucro y organizaciones no gubernamentales, responsables de organizar e impartir educación y formación a niveles local, regional y nacional.
  • Centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente.
  • Organismos que prestan servicios de orientación, asesoramiento e información.

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Conservatorios de la Comunidad Autónoma del PAIS VASCO https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-autonoma-del-pais-vasco/ https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-autonoma-del-pais-vasco/#respond Fri, 18 Apr 2014 15:05:24 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/18/conservatorios-de-la-comunidad-autonoma-del-pais-vasco/ GUIPUZCOA  Conservatorio Superior de Música de San Sebastián Easo, 45. Tel: 943 47 12 10-47 04 43. Fax: 943 45 18 92. consupss@maptel.es20006 San Sebastián (Guipuzkoa)VIZCAYA  Conservatorio Superior de Música “Juan Crisóstomo de Arriaga” Diputación 7 Tel: 94 415 86 62  48008 Bilbao (Vizcaya) 014163aa@hezkuntza.net   VITORIA Conservatorio de Música “Jesús Guridi” Plaza de...

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GUIPUZCOA 

Conservatorio Superior de Música de San Sebastián

Easo, 45. Tel: 943 47 12 10-47 04 43. Fax: 943 45 18 92. consupss@maptel.es
20006 San Sebastián (Guipuzkoa)

VIZCAYA
 

Conservatorio Superior de Música “Juan Crisóstomo de Arriaga” 
Diputación 7 Tel: 94 415 86 62  
48008 Bilbao (Vizcaya)

014163aa@hezkuntza.net

 

VITORIA

Conservatorio de Música “Jesús Guridi” 
Plaza de la Constitución, 9 
01009 Vitoria-Gasteiz (Alava) 
Tel: 945-282400 / Fax: 945-268935

www.conservatoriovitoria.com

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Conservatorios de la Comunidad VALENCIANA https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-valenciana/ https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-valenciana/#respond Fri, 18 Apr 2014 15:03:51 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/18/conservatorios-de-la-comunidad-valenciana/ ALACANT Conservatori Professional de Música C. San Fernando, 30Alacant    Conservatori Superior de Musica “Óscar Esplà”C. Catedràtic Jaume Mas i Porcel, 2Alacant    Conservatori Professional de Música “Tenor Cortis”C. dels Cavallers, 3Dénia    Conservatorio de Música “Ruperto Chapí”C. Miguel de Unamuno, 5Elda http://intercentres.cult.gva.es/conservatorioelda/    Conservatori Professional de MúsicaAvda. Ferrocarril S/NElx Conservatorio...

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Flag of the Valencian Community 2x3.svg

ALACANT

Conservatori Professional de Música

C. San Fernando, 30
Alacant 

 

Conservatori Superior de Musica “Óscar Esplà”
C. Catedràtic Jaume Mas i Porcel, 2
Alacant 

 

Conservatori Professional de Música “Tenor Cortis”
C. dels Cavallers, 3
Dénia 

 

Conservatorio de Música “Ruperto Chapí”
C. Miguel de Unamuno, 5
Elda http://intercentres.cult.gva.es/conservatorioelda/ 

 

Conservatori Professional de Música
Avda. Ferrocarril S/N
Elx 

Conservatorio Profesional de Música
C/ Hernán Cortés, 24 Tel. 96 560 20 70
03660 Novelda (Alicante)

 

Conservatorio Profesional de Música de Orihuela

c/ Aragón 1-A

03300 Orihuela – Alicante

página Web: www.orihuela.es/conservatorio

 

CONSERVATORI PROFESSIONAL DE MUSICA DE TORRENT

C/ Mestre Juan Roig Soler, nº 4, 46900 Torrent-Valencia

tf. 96 155 13 23, fax. 96 156 21 97

Correo: info@torrent.net, y pag. web: www.conservatoritorrent.net


CASTELLÓ

Conservatori Professional de Música “Mestre Tàrrega”
Pl. Fadrell, 1
Castelló de la Plana

 

Conservatori Superior de Música “Mestre Tàrrega”
Pl. Fadrell, 1
Castelló de la Plana

 

Conservatori Professional de Música 
C. Joaquín Costa, 8
La Vall d’Uixó

 

VALENCIA

Conservatori Professional de Música Maestro Vert
PL. BOSCA, 3
Carcaixent 

 

Conservatori Professional de Música 
C. Esteban Palucie, 2
Catarroja 

 

Conservatori Professional de Música 
C. Cervantes, 9
Cullera 

 

Conservatori Professional de Música
Llíria (Valencia)

 

Conservatori Professional de Música 
Passeig Joan Fuster, 2
Oliva 

 

Conservatori Professional de Música 
C. Pujada de la bola, S/N
Ontinyent 

 

Conservatori Professional de Música Mariano Pérez Sánchez
C. Doctor Fleming, 6
Requena 

 

Conservatorio Profesional de Música
C/ Albocasser, 2-4 Tel. 96 156 21 97
46900 Torrent (Valencia) 

 

Conservatori Professional de Música Num. 2
C. San Esteban, 3
Valencia 

 

Conservatorio Superior de Música de Valencia “Joaquín Rodrigo”

Plaza San Esteban, 3 Valencia.Tel: 96 391 92 21-391 92 94
Centro de Gil Polo (Miguel Paredes, 5. Tel: 96 383 78 96). 
46021691@centres.cult.gva.es


Conservatorio Municipal “José Iturbi”

Avda. del Puerto, 20 Tel. 96 352 54 78
46023 Valencia

 

Conservatorio de música de Godella
Pza. Sta. Magdalena Sofía, s/n Tel. 96 390 07 87
46110 Godella (Valencia)

 

Conservatorio Municipal de Música
C/ Mayor s/n
Ribarroja del Turia (Valencia)

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Conservatorios de la Comunidad Autónoma de LA RIOJA https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-autonoma-de-la-rioja/ https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-autonoma-de-la-rioja/#respond Fri, 18 Apr 2014 15:00:54 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/18/conservatorios-de-la-comunidad-autonoma-de-la-rioja/ LOGROÑO Conservatorio Profesional de Música de La RiojaC/. Marqués de Murrieta, 76 Tel. 941 291 279 FAX 941 211 51326071 Logroñoconservatorio.logrono@larioja.org   Conservatorio Elemental de Música de CalahorraC/ Enramada, 1 Teléfono 941-130236 Fax 941-146657 26500 CALAHORRAe-mail: conservatorio@conservatoriodecalahorra.es www.conservatoriodecalahorra.es Conservatorio Elemental de Música de HaroC/ Virgen de la Vega, 36 Tel. 941-303976 Fax 941-30398526200 HARO e-mail: conservatorio.haro@larioja.org

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LOGROÑO

Conservatorio Profesional de Música de La Rioja
C/. Marqués de Murrieta, 76 Tel. 941 291 279 FAX 941 211 513
26071 Logroño
conservatorio.logrono@larioja.org

 

Conservatorio Elemental de Música de Calahorra
C/ Enramada, 1 Teléfono 941-130236 Fax 941-146657 
26500 CALAHORRA
e-mail: conservatorio@conservatoriodecalahorra.es 
www.conservatoriodecalahorra.es


Conservatorio Elemental de Música de Haro
C/ Virgen de la Vega, 36 
Tel. 941-303976 Fax 941-303985
26200 HARO 
e-mail: conservatorio.haro@larioja.org

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Conservatorios de la Comunidad Foral de NAVARRA https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-foral-de-navarra/ https://adolphesax.com/conservatorios-de-la-comunidad-foral-de-navarra/#respond Fri, 18 Apr 2014 15:00:13 +0000 https://adolphesax.com/2014/04/18/conservatorios-de-la-comunidad-foral-de-navarra/ NAVARRA   Conservatorio Profesional de Música Aoiz s/n. Tel: 948 29 12 11 Fax: 948 29 05 0531004 Pamplona cm.pablosarasate@pnte.cfnavarra.es

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NAVARRA 
 

Conservatorio Profesional de Música 
Aoiz s/n. Tel: 948 29 12 11 Fax: 948 29 05 05
31004 Pamplona 
cm.pablosarasate@pnte.cfnavarra.es

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