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ERASMUS – Guía de solicitud de movilidad de personal para docencia

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¿Cómo participar en la movilidad de personal para docencia?

La movilidad del personal docente de las instituciones de educación superior y de empresas para impartir enseñanza es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son el personal de instituciones de educación superior y el personal de empresas que se trasladen a una institución que posea la Carta Universitaria Erasmus (EUC/X), pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior de la que formen parte, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.Es la institución de educación superior la que presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional.Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

 

 

 

  • El docente, en el momento de realizar la movilidad, debe impartir enseñanza dentro de un plan de estudios de grado superior. 
  • El docente tiene que formar parte de la nómina de la institución de origen. 
  • La movilidad del personal docente está basada en acuerdo interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X). 
  • El personal procedente de empresas deberá trasladarse a una institución que posea una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X).
  • La movilidad de un miembro del personal procedente de una empresa que se desplaza a una institución de educación superior se efectúa a través de una carta de invitación de la institución de educación superior al personal de la empresa. La ayuda es gestionada por la institución de educación superior. 
  • Durante la realización de la movilidad, el beneficiario deberá estar integrado en el departamento o facultad de la institución de acogida, lo que supone que:
  • Las instituciones de origen y acogida deben acordar previamente al inicio de la movilidad un programa de enseñanza con las actividades que realizará el beneficiario. Este programa deberá incluir los objetivos y el valor añadido de la movilidad, el contenido del programa de docencia y los resultados esperados. 
  • En la acción de movilidad para docencia podrán participar, además de los nacionales de los países participantes en el Programa de Aprendizaje Permanente, aquellas personas que, no siendo nacionales de uno de los países participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
  • La cuantía media diaria de las ayudas para movilidad de personal para docencia se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea. 

La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los beneficiarios de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución deberá garantizar que la selección se realice de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus convocatorias deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.
  • La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales. 
  • Todos los requisitos relacionados con la selección de docentes de la institución, o del personal invitado de empresas, deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión. 
  • Con objeto de garantizar la participación del mayor número posible de beneficiarios, se dará prioridad a los participantes que disfruten por primera vez de una movilidad docente.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de personal para docencia a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus (EUC/X).La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional de acciones descentralizadas del Programa de Aprendizaje Permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.Las instituciones españolas interesadas en participar en la Movilidad de personal para docencia enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su web junto con la convocatoria nacional.Al completar la solicitud las instituciones deberán tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.Para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudios en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para movilidad de personal para docencia, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobadas. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.La Agencia Nacional subscribirá un convenio financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder a su pago.

Contacto

Si tiene alguna pregunta específica, envíenos su consulta por correo postal a la siguiente dirección:OAPEE

C/ Gustavo Fernádez Balbuena, 13

28002 – MADRIDo por correo electrónico a: 

erasmus@oapee.es

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